Ley Borrón y Cuenta Nueva
- Quien pague su deuda en los próximos 12 meses, desde la promulgación de la ley, dejará de tener un reporte negativo.
- Se eliminará de manera inmediata el reporte negativo de los deudores del Icetex, los pequeños productores, jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas del conflicto armado que paguen su deuda, sin tener que esperar plazo alguno.
- Si fue reportado durante la emergencia sanitaria y hasta el 31 de diciembre de 2020, no será reportado en los bancos de datos en este mismo período, siempre y cuando se acerque a la entidad en busca de una reestructuración.
- Si su obligación es menor a dos años, la calificación se quitará en el doble de tiempo de la mora. El tiempo máximo que puede permanecer una calificación negativa será de 4 años.
- Quienes extingan sus obligaciones objeto de reporte dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, permanecerán con dicha información negativa en los bancos de datos por el término máximo de seis meses.
- Si pagó su deuda antes de la promulgación de la ley y su reporte negativo lleva más de seis mes, el mismo debe eliminarse de inmediato.
- Si tiene una obligación de bajo monto, es decir, menor al 15% del salario mínimo ($136.279 para 2021), deberá recibir dos comunicaciones antes de ser reportado.
- En caso de falsedad o suplantación, que afecte su historial crediticio, podrá presentar una petición de corrección (adjuntando los soportes correspondientes) para que se le borre el reporte negativo.
- Su historial crediticio no podrá ser consultado para fines laborales, como procesos de contratación.
- Las Centrales de Información deben dar acceso para consultar su información crediticia de manera gratuita.
- Las consultas que se hagan a su información crediticia no disminuirán su calificación.
1. Amnistía general
Aplica durante 12 meses a partir de entrada en vigencia de la ley
Extinción | + | Cumplió 6 meses |
Caducidad inmediata | ||
Extinción | + | No ha cumplido 6 meses |
Caducidad cuando cumpla 6 meses | ||
Extinción | + | Durante término de Amnistía |
Caducidad Pago + 6 meses |
Mora inferior 6 meses | ||
Caducidad mismo tiempo de mora |
2. Amnistía por sectores
Aplica durante 12 meses a partir de entrada en vigencia de la ley
(Co) Deudores Icetex | + | Pago cuotas vencidas o extinción |
Caducidad inmediata |
Micro, pequeña y mediana (PYME) | Crédito agropecuario FINAGRO | Víctimas del conflicto | Turismo | Independientes o actividades comerciales | Agricultores |
+ | + | + | + | + | + |
Extinción de la obligación | |||||
Caducidad inmediata |
3. Amnistía emergencia sanitaria
Las obligaciones en mora durante la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, no serán reportadas en los bancos de datos en este mismo periodo, siempre y cuando suceda lo siguiente:
- Los titulares de la obligación se hayan acercado a las entidades respectivas en busca de una reestruturación de la obligación.
Con la entrada en vigencia de la Ley Borrón y Cuenta Nueva, se espera que se alivie la situación crediticia de las personas que han presentado mora en sus obligaciones, recuperando así su vida financiera. La ley permitirá también que los colombianos tengan acceso y control a su información financiera ante las Centrales de Información, lo que será un impulso importantísimo para la recuperación económica del país.
Fecha de publicación 08/11/2021
Última modificación 22/11/2021