Cuentas Maestras
Con las Cuentas Maestras puede administrar los recursos de diferentes entidades del gobierno mediante transacciones débito y crédito por vía electrónica.
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- Descripción general
- Requisitos mínimos
- Plazos y términos
- Procedimiento para apertura y cancelación
- Canales de comunicación
- Derechos y obligaciones
- Contratos y reglamentos
- Recomendaciones de seguridad
- Causales para terminación del contrato
- Mecanismos de protección de derechos y atención
- Canales para realizar operaciones
Descripción general
- Exenta del 4X1000 (GMF)*
- Genera rendimientos financieros.
- No se emiten tarjetas, ni chequeras.
- Sólo admite operaciones a través de transferencia electrónica.
- Por cada contrato o convenio vigente se requiere una cuenta maestra.
- Al finalizar el contrato, es responsabilidad del titular de la cuenta saldar la cuenta.
- Se deben inscribir previamente los beneficiarios para la transferencia de recursos (esta inscripción podrá realizarse mediante un proceso de cargue masivo).
- Reporte de información mensual a los entes designados por el Gobierno Nacional para ejercer conciliación y control de los recursos.
- Se debe establecer la Inembargabilidad de la cuenta maestra, dado que cuya fuente de los recursos es del presupuesto general de la nación en los términos del Art. 594 de la Ley 1564 de 2012.
- Solo se puede cambiar la cuenta de un banco a otro en el momento en el que se acabe el contrato o cuando el banco de por terminada la relación con el titular.
- Los terceros beneficiarios deberán tener cuentas de ahorro o corriente para poder recibir los recursos.
- Las personas jurídicas definidas por el ICBF que celebren contratos y/o convenios deberán realizar la apertura de cuentas maestras por cada contrato.
Requisitos mínimos
- Copia de la cédula del respectivo representante legal del titular.
- Copia del RUT actualizado de la persona jurídica titular.
- Fotocopia de la Cámara de Comercio de la persona jurídica.
- Copia del convenio firmado del contrato SECOP.
- Formato solicitud de registro de cuentas maestras debidamente diligenciado y firmado por el Representante Legal.
- Certificación de solicitud de apertura de Cuentas Maestras del ICBF solicite al operador la apertura para el contrato y/o convenio suscrito entre el tercero y el ICBF del cual se allega copia del contrato.
Plazos y términos
Este producto no tiene plazo de vencimiento, es decisión de la persona jurídica titular, cancelar la cuenta maestra una vez sea finalizado y liquidado dicho contrato y/o convenio. Se acredita dicha cancelación mediante una certificación bancaria.
Procedimiento para apertura y cancelación
Para abrir la Cuenta Maestra, el titular debe acercarse a cualquier oficina y presentar los documentos detallados en el punto “requisitos mínimos”, firmar el convenio para el manejo de cuentas maestras y diligenciar los formatos de vinculación que exija el banco.
Para cancelar la cuenta, el titular de la cuenta maestra debe acercarse a cualquier oficina garantizando que haya sido liquidado dicho contrato.
Derechos y obligaciones
Derechos que tienes:
- Pago PSE (botones de pago o a través de portal de pagos) por el servicio de terceros beneficiarios.
- Transferencias ACH y CENIT a beneficiarios inscritos en la OVE.
- Transferencias ACH y CENIT de los rendimientos financieros que se deban transferirse a la Dir. Del Tesoro Nacional o al Ministerio.
- Transferencias a una cuenta bancaria auxiliar de la Persona Jurídica o Natural que tengan el contrato con el ministerio.
- Giro de la entidad representativa de los diferentes ministerios.
- Reintegro de los recursos de un tercero beneficiario.
- Reintegro bancario que deba hacerse por un tercero beneficiario, el cual debe realizarse por transferencia electrónica.
- Transferencias de recursos de anteriores cuentas (no maestras) que tenían el mismo fin.
- No depositar dineros cuya procedencia sea de actividades ilícitas.
- Firmar la Declaración Voluntaria de Origen de Fondos, al realizar operaciones en la oficina que superen el valor definido por las entidades gubernamentales.
- Actualizar tus datos básicos y financieros cuando éstos hayan cambiado.
- Al momento de la apertura de la cuenta debes presentar la documentación solicitada por el banco.
- Presentarte en la oficina con el documento de identidad original al cancelar el producto.
Contratos y reglamentos
Para conocer nuestros contratos y reglamentos haga clic AQUÍ.
Recomendaciones de seguridad
- Cuando desees ingresar a la Oficina Virtual hazlo ingresando a la página de Bancoomeva de forma directa, digitando en tu explorador de Internet www.bancoomeva.com.co. Nunca hagas clic en correos electrónicos que contengan enlaces hacia nuestra Oficina Virtual.
- Evita ingresar a la Oficina Virtual desde sitios de internet público.
- Evita que personas ajenas conozcan tus claves. Para mayor seguridad, cámbialas con frecuencia.
- No ingreses información de tu producto como claves, saldos, número de cuenta, en páginas de internet.
- Sé precavido cuando proporciones tus datos personales. Recuerda que Bancoomeva no te solicitará información personal ni financiera a través de correos electrónicos.
Causales para terminación del contrato
Cuando uno de los titulares haya sido incluido en la lista OFAC (Office of Foreign Assets Control), comúnmente llamada Lista Clinton, o en cualquier otra de igual o similar naturaleza, de carácter nacional o internacional o cuando haya sido incluido en alguna lista como la ONU, lista de la contraloría, lista de la procuraduría, etc., en la que se publiquen los datos de las personas condenadas o vinculadas por las autoridades nacionales o internacionales, de manera directa o indirecta con actividades ilícitas tales como narcotráfico, terrorismo, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, secuestro extorsivo y/o trata de personas, entre otras.
Mecanismos de protección de derechos y atención
Canales para realizar operaciones
- En las oficinas puedes realizar consulta del producto, apertura y cancelación de la cuenta.
- En tu Oficina Virtual Empresarial puedes consultar, registrar y eliminar beneficiarios, transferencias a la cuenta auxiliar y a las cuentas de otros bancos de los beneficiarios previamente inscritos, entre otros. Este servicio está disponible de lunes a domingo las 24 horas.
Fecha de publicación 17/07/2023
Última modificación 04/09/2023