CRS: Common Reporting Standard

EL CRS es un acuerdo multilateral, que en el caso colombiano se deriva de la Convención de Estrasburgo, la cual, fue ratificada por Colombia mediante la Ley 1661 de 2013 y permite a los Estados firmantes comprometerse con otros países a prestar asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales. Su implementación se realizará de manera gradual en varios grupos a partir del primero de enero de 2017 debido a que Colombia pertenece a los adoptantes tempranos (early adopters).
El convenio contempla el intercambio automático de información con los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), incluyendo auditorías fiscales simultaneas y participación en auditorías en el extranjero, así como la asistencia en el cobro (establecimiento de medidas cautelares y notificación o traslado de documentos).
El CRS es similar en su funcionamiento a FATCA. La pieza fundamental son las Instituciones Financieras Sujetas a Reporte, que comprenden las mismas categorías previstas FATCA, como son las entidades donde se manejan los depósitos (bancos, por ejemplo), o las que realizan actividades de custodia (por ejemplo sociedades fiduciarias), las entidades de inversión (por ejemplo los fondos de inversión colectiva), todas las cuales están obligadas a realizar una debida diligencia de sus clientes y a reportar a la DIAN la información de los residentes fiscales de los países con los cuales Colombia suscriba el acuerdo.
¿Qué es CRS?
Common Reporting Standard = Intercambio Automático de Información en Asuntos Tributarios.
¿Por qué?
Como se anunció en el boletín 121 de 2014 publicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Colombia ratificó el compromiso para implementar CRS, de manera que el país intercambiará información tributaria de forma automática con diferentes países a partir de 2017, atendiendo los lineamientos establecidos por la resolución 119 de noviembre de 2015 expedida por la DIAN. Este acuerdo se enmarca dentro de los compromisos de la Nación para mejorar sus prácticas de cara al ingreso oficial ante la OCDE.
¿Cómo se hace?
Identificando residentes para propósitos fiscales de una jurisdicción diferente a Colombia y sus productos afectos a estas regulaciones. Requiriendo procesos de debida diligencia y adecuada identificación y documentación en la vinculación de clientes.
La información de los clientes afectos a CRS debe ser reportada anualmente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia, en los términos establecidos por las regulaciones aplicables.
¿Cuáles son las cuentas “reportables”?
Son aquellas cuentas cuyos titulares o firmas autorizadas son personas naturales o jurídicas que sean residentes para propósitos fiscales de una jurisdicción diferente a Colombia.
¿Te pueden asesorar respecto a cómo responder a las preguntas y solicitudes relacionadas con CRS?
El derecho tributario es un campo altamente especializado, estamos en capacidad de proporcionarte información genérica sobre CRS y las regulaciones locales vinculadas a CRS; sin embargo, estamos impedidos para proporcionar asesoría específica en materia tributaria.
Si requieres asesoría sobre cómo responder a preguntas y solicitudes relacionadas con CRS, te sugerimos que consultes a un especialista en derecho tributario.
¿Cómo puedo tener indicios que una Persona Natural es susceptible de CRS?
Si un cliente actual o potencial presenta alguno de los siguientes indicios, podría ser considerada como afecto a CRS:
- El titular de la cuenta es residente de una jurisdicción diferente a Colombia.
- Dirección de residencia o apartado postal actual (incluyendo oficina postal) en una jurisdicción distinta a Colombia.
- Instrucciones para transferir fondos a una cuenta mantenida en una jurisdicción diferente a Colombia.
- Un poder efectivo cedido a un abogado o a cualquier persona que sea de una jurisdicción diferente a Colombia.
- Uno o más teléfonos que pertenezcan a una jurisdicción distinta a Colombia.
- Dirección de terceros como única dirección de contacto, esta dirección debe ser de una jurisdicción diferente a Colombia.
¿Cómo puedo tener indicios que una Persona Jurídica es susceptible de CRS?
- Contar en los archivos del Banco de la persona jurídica una jurisdicción diferente a Colombia, por haber sido constituida en una jurisdicción diferente a Colombia, estar domiciliada en el exterior o por otras razones.
- La persona jurídica tiene un beneficiario final o accionista controlante que sea una persona con responsabilidad fiscal en una jurisdicción diferente a Colombia.
¿Todas las instituciones financieras están cumpliendo?
En Colombia es obligatorio para todas las instituciones financieras cumplir con CRS. Más de noventa países han suscrito el acuerdo multilateral relativo a CRS, comprometiéndose con su implementación, con miras a que el grupo de los adoptantes tempranos (entre ellos Colombia) inicie intercambios de información en el año 2017.
¿Qué información debe reportar Bancoomeva?
La información que se debe reportar ha sido clasificada por la OCDE en tres grupos:
- Identificación del cuentahabiente: nombre, dirección, jurisdicción(es) de residencia y si se requiere el TIN, fecha y lugar de nacimiento.
- Identificación de las cuentas y de la entidad financiera: número de cuenta, el nombre y número de identificación de la institución financiera.
- Identificación de la actividad financiera de la cuenta.
- Saldo o valor de la cuenta, si esta ha sido cerrada durante el transcurso del año se deberá indicar esta situación.
- Para cuentas de depósito se deberá indicar el monto total bruto de los intereses pagados o acreditados en la cuenta.
¿Se necesita consentimiento de nuestros clientes para compartir su información?
Este acuerdo no se considera un tratado público y no requiere aprobación por parte del Congreso ni análisis por parte de la Corte Constitucional. Por lo tanto no se requiere autorización para el cumplimiento del intercambio de información tributaria.
¿Qué pasa si te rehúsas a contestar preguntas relacionadas con CRS o a completar los formularios relacionados con CRS?
Si tú eligieras no contestar a los pedidos de información para asistirnos en la determinación de tu condición tributaria, las acciones a seguir se ajustarán a la normativa legal y a las regulaciones bancarias y tributarias aplicables.
Debido a que Colombia tiene un acuerdo multilateral con varios países, la legislación local nos requerirá que tratemos tus cuentas como sujetas a ser reportadas.
¿Tendrá CRS algún impacto sobre las cuentas de nuestros clientes?
Depende, si los clientes Personas Naturales y Personas Jurídicas que presenten indicios confirmados o no desvirtuados de ser residentes para propósitos fiscales de una jurisdicción diferente a Colombia (para efectos de CRS), sean clientes nuevos o antiguos, deberán ser reportados.
¿Qué es una FFI?
Para efectos de CRS, una FFI es una Entidad Financiera Extranjera. Bancoomeva cumple con esta calificación.
¿Cómo cumplirá Bancoomeva con CRS?
Realizando procesos y procedimientos de debida diligencia de “Conocimiento del Cliente”, que incluyen la identificación de posibles contribuyentes, la gestión y documentación de la información encontrada y realizando los reportes de información necesarios a la DIAN.
¿Qué hará Bancoomeva para cumplir con la debida diligencia CRS?
El Banco establecerá políticas, metodologías y procedimientos relacionados con el cumplimiento de la legislación CRS. Es responsabilidad de los colaboradores comerciales cumplir con éstas.
¿Existen formatos que deban ser diligenciados para CRS?
Si durante el proceso de vinculación de una persona natural o jurídica se detecta que es un posible “afecto a CRS”, adicional a los documentos que se solicitan normalmente en la vinculación de un nuevo cliente, se debe solicitar el diligenciamiento de la siguiente información:
- Una auto-certificación válida deberá ser obtenida, donde se establezca la residencia fiscal. El proceso es flexible pero su contenido no.
- Deberá estar firmada, fechada, y deberá incluir los siguientes datos del Cuentahabiente:
- Nombre
- Dirección de la residencia
- Jurisdicción(es) de residencia para efectos fiscales
- TIN(s)
- Fecha de nacimiento
- La auto-certificación deberá ser comparada con el resto de la información obtenida en relación con la apertura de la cuenta (incluyendo la enfocada a prevenir el LA/FT). No será razonable si existen razones para creer que no es confiable.
Si no es confiable, se deberá obtener una nueva auto-certificación o una explicación razonable y solicitar obligatoriamente documentación adicional que soporte la auto-certificación.
¿En qué momento se debe presentar al cliente actual o potencial la normatividad CRS?
- En la vinculación de nuevos clientes.
- Cuando el cliente actual solicite un nuevo producto o servicio.
- Campañas de actualización de datos realizadas por el Banco – se incluye gestión CRS.
- Por iniciativa de los encargados comerciales del conocimiento del cliente.
¿Dónde puedo obtener más información?
Para mayor información consultar la página http://www.oecd.org/
El presente texto, que se publica exclusivamente para fines informativos, es un resumen de algunos aspectos generales de CRS que no incluye, ni pretende incluir todos los aspectos relevantes de dicha regulación. Así mismo para mayor información frente a cómo determinar la residencia fiscal de una Jurisdicción, favor remitirse a la autoridad fiscal del país que corresponda.
Fecha de publicación 10/06/2020
Última modificación 10/08/2020